ANTECEDENTES
La Jurisdicción Electoral Especial aparece en 1958, con la creación del primer Código Electoral.
Seguidamente, en 1972, es creada la Fiscalía Electoral la cual en sus inicios funcionó como parte integrante del Tribunal Electoral y, actualmente, como agencia de instrucción independiente y coadyuvante de este tribunal.
Posteriormente, en 1978, se determina que el funcionamiento de la Fiscalía Electoral tiene mando y jurisdicción en toda la República y se eleva la jerarquía del fiscal electoral (mismos requisitos para ser magistrado del Tribunal Electoral).
En el año 2003, se crean las Agencias Delegadas de la Fiscalía Electoral, adscritas a la Fiscalía Electoral de la República, con actuación ante los Juzgados Penales Electorales con sede en las ciudades de Panamá, Santiago y David.
En el 2004, se modifica la denominación de las Agencias de Instrucción Delegadas por el Fiscalía Electoral Primera, Fiscalía Electoral Segunda y Fiscalía Electoral Tercera. Además, la Fiscalía Electoral de la República pasa a ser Fiscalía General Electoral.
Para el año 2007 se reorganiza la Jurisdicción Penal Electoral y se crea el Juzgado Segundo Penal Electoral dentro del Primer Distrito Judicial. El 12 de mayo de 2008, fue nombrado como fiscal general electoral, Boris Barrios González.
Durante la administración del fiscal Barrios González se aprueba la nueva estructura orgánica y el Manual de Organización y Funciones de la Fiscalía General Electoral. Se modifica la denominación de las fiscalías electorales y se crea la Fiscalía Electoral Segunda del Primer Distrito Judicial (con sede en la ciudad de Panamá).
El 1 de octubre de 2008, la Fiscalía General Electoral se separa –presupuestaria, financiera y patrimonialmente– del Tribunal Electoral, para cumplir con el mandato constitucional para actuar de manera autónoma y cooperante con el Tribunal Electoral, con derecho a administrar su propio presupuesto.
¿QUÉ ES LA FISCALÍA GENERAL ELECTORAL?
La Fiscalía General Electoral es una institución que funciona en nuestro país para garantizar el respeto a la democracia cumpliendo la importante tarea de vigilar y fiscalizar la transparencia de las elecciones que se celebran en Panamá, asegura que sean fiel reflejo de la expresión libre, espontánea y auténtica de los ciudadanos, como ha venido ocurriendo gradualmente, consolidando con ellos el respeto por la dignidad del voto.
En defensa de los derechos políticos de nuestra sociedad mantiene un compromiso serio y responsable con todos los ciudadanos, sin distingo de clase social ni partido político al que pertenezcan; por ello se evidencia en todas nuestras actuaciones, el cumplimiento de los más estrictos parámetros de legalidad y objetiva imparcialidad.
Contribuye a la consecución de la Justicia Electoral, siendo responsable de conocer, atender e investigar la generalidad de los delitos electorales y ciertas faltas electorales; asimismo, como representante o garante de los derechos políticos de la sociedad, participando en los procesos administrativos electorales que se ventilen ante el Tribunal Electoral.
¿CÓMO NACE LA FISCALÍA GENERAL ELECTORAL?
La creación legal y formal de la Fiscalía Electoral se origina en el Decreto de Gabinete Nº 2 de 13 de enero de 1972, con el propósito de brindar una atención especializada a los delitos y faltas electorales.
En principio este novedoso organismo electoral funcionó como parte integral del Tribunal Electoral y, meses más tarde, con la aprobación de la Constitución de 1972, ejerció sus funciones como agencia independiente y coadyuvante de la jurisdicción especial electoral.
Ha sido reglamentado por medio de la Ley Nº 4 del 10 de febrero de 1978 (Ley Orgánica del Tribunal Electoral y de la Fiscalía Electoral), y mediante el acto reformatorio de la Constitución de 1983 y las reformas constitucionales de 2004, se introdujeron nuevas modificaciones, entre las cuales podemos señalar, la nueva denominación de Fiscalía General Electoral y el otorgamiento del derecho a la propia administración del presupuesto; confirmando su autonomía técnica para el ejercicio de sus atribuciones.